Ahora, casco y chaleco con patente
Casco con la identificación de la patente y chaleco reflectante es obligación a partir de hoy para circular como acompañante en moto por la provincia de Buenos Aires. No es aplicable a los motociclistas solos particulares, pero sí a los deliveries.
Desde hoy, las personas que viajen en moto, como acompañantes, por calles, rutas y avenidas de la provincia de Buenos Aires, tienen la obligación de llevar casco y chalecos reflectantes en los cuales figure, bien visible, el número de dominio del vehículo. La omisión de este requisito será considerado una “falta grave” y en consecuencia, las autoridades podrán retener el vehículo y la licencia a los que no cumplan con la disposición. Se trata de una medida de “seguridad vial”, pero “sobre todo de prevención ciudadana en atención a una nueva modalidad del delito: los que se cometen con motos en las que viaja un segundo ocupante”.
También será obligatorio el uso de casco y chaleco, en ambos casos con la inscripción bien visible del número de patente, para los deliveries y mensajeros, aunque vaya una sola persona en el rodado. Se aclaró que los particulares que vayan solos en una moto quedarán exceptuados de cumplir el requisito, y por ende, de las sanciones. Lo que no se explicó es cómo se hará para distinguir a los “particulares” de los deliveries o mensajeros.
También será obligatorio el uso de casco y chaleco, en ambos casos con la inscripción bien visible del número de patente, para los deliveries y mensajeros, aunque vaya una sola persona en el rodado. Se aclaró que los particulares que vayan solos en una moto quedarán exceptuados de cumplir el requisito, y por ende, de las sanciones. Lo que no se explicó es cómo se hará para distinguir a los “particulares” de los deliveries o mensajeros.
La obligatoriedad del uso de casco y chaleco reflectante con el número de dominio, en el caso de los acompañantes que viajen en moto, será controlada en la vía pública tanto por los agentes de Seguridad Vial como por parte de los efectivos de la Policía Bonaerense. La medida es puesta en marcha por aplicación de la resolución 224 del corriente año, que forma parte del decreto de Emergencia de Seguridad.
La omisión de la obligatoriedad en cuanto al uso de casco y chaleco con patente para los acompañantes será considerada “falta grave” en los términos establecidos por la Ley 13.927 y por el decreto 532, del año 2009, que habilitan la aplicación de “la retención preventiva del vehículo y de la licencia de conducir del conductor”.
Se precisó que la obligación “de portar casco y chaleco homologados y debidamente identificados en conductores de motos de servicios delivery y también en acompañantes de motovehículos particulares sin excepción” tiene “su antecedente en la resolución 1187 del año 2009, que establece la obligatoriedad del uso de casco y chaleco reglamentario para conductores de servicio de delivery y mensajería”.
Entre los fundamentos de las nuevas disposiciones se asegura que “el chaleco reflectante procurará una mejor identificación del conductor y su acompañante, tanto en horas del día como de la noche, brindando mayor protección al aumentar la visibilidad de quien transita”, al tiempo que se estima que “el uso del casco contribuirá a disminuir la gravedad de las lesiones en siniestros de tránsito”.
GESTORÍA CRUZ DEL SUR
Gral. Paz 1027 - Junín (B)
Cel: 0236-15-4675035
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